Derechos de los Obreros
Justicia Penal reconoce a obreros "derecho" a ocupar establecimientos
La justicia penal reconoció derecho de ocupación de obreros en conflicto
Un grupo de obreros de la construcción que reclamaban pagos atrasados habían ocupado un sector del hotel Huemul.
Responsables del establecimiento los denunciaron penalmente. Ayer el Juzgado sobreseyó a los trabajadores al entender que habían ejercido el derecho de retención. La denuncia del empleador deudor contra los empleados demandantes por supuesta usurpación fue definida ayer a favor de los trabajadores por el juez Martín Lozada quien sobreseyó a los denunciados y reconoció su "derecho de retención". La causa se inició mediante la denuncia penal formulada el 14 de agosto por parte del gerente del "Hotel Huemul" en la comisaría Segunda. Allí se sostuvo que los trabajadores de una constructora local, días después de haber hecho abandono de la obra en construcción de ampliación del hotel, "ingresaron por medio de la fuerza al predio" y se ubicaron allí "reteniéndolo en forma abusiva" y consumando de ese modo el tipo penal previsto en el artículo 181 del Código Penal, esto es la figura de usurpación. En realidad había reclamo efectuado por las personas que ingresaron al lugar. Así lo certifica una carta documento enviada tiempo atrás en donde los obreros demandaban al "Hotel Huemul" el pago de 321 mil pesos, adeudados en concepto de salarios. Los trabajadores optaron por ejercer el derecho de retención que el Código Civil prevé en su art. 3939 con el fin de presionar para lograr el pago. El juez, al analizar la causa, entendió en principio que los obreros no había ejercido la fuerza para ocupar el lugar, ya que habían ingresado allí en virtud de una relación contractual preexistente. Además la esfera de custodia o poder sobre el área -aunque sea parcial- la tuvieron en todo momento los trabajadores imputados, así como la posibilidad de ejercer el poder de hecho sobre dicho sitio, lo que los llevó en definitiva a ocupar y a permanecer en el mismo en base a la alegación del derecho de retención. La Justicia interpretó que resultaba innecesaria la actuación represiva del Estado en este caso. La intervención penal, según lo resuelto, fue indebidamente excitada por los denunciantes, pues la cuestión que aquí se ventilaba es netamente civil: se trataba de una disputa sobre montos dinerarios impagos en el marco de una relación contractual.
